TESTIMONIO: VISTA: La necesidad del Honorable Concejo Deliberante de contar con toda la informaci¢n necesaria para sancionar las disposiciones que hacen a su competencia; y CONSIDERANDO: Que existen disposiciones de alto contenido t‚cnico que requieren un an lisis profundo sin precipitar resoluciones, Que no se cuenta a£n, con la Oficina de Informaci¢n Parlamentaria, - que motivara ya una Resoluci¢n de este Cuerpo el a¤o anterior, as¡ como la documenta- ci6n y bibliograf¡a comparada para los estudios pertinentes; Que se observa, a pesar de las solicitudes efectuadas verbalmente, que los proyectos llegan al Departamento Deliberativo, sin una fundamentaci¢n adecua- da y sin la evaluaci¢n t‚cnica pertinente; POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: C O M U N I C A C I O N N§ 6/88 ------------------------------------ ARTICULO 1.- Dirigirse al Departamento Ejecutivo para requerirle en el env¡o de fu- ------------ turos proyectos, la evaluaci¢n y documentaci¢n pertinente, para que el Cuerpo pueda emitir juicios de valor, sobre la base de alternativas t‚cnicas adecua- das ---------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Para el cumplimiento de los postulados del art¡culo anterior, sin per- ------------ juicio de las informaciones verbales que se consideren necesarias, se requiere como m¡nimo: a.- Informe del Contador Municipal, sobre los efectos patrimoniales, - contables, presupuestarios, econ¢micos y financieros de la puesta en marcha del pro- yecto remitido.- b.- Informe del Asesor Legal, sobre los efectos jur¡dicos emergentes - de la puesta en vigencia del proyecto remitido, tanto para la Comuna como para los - terceros involucrados, la ubicaci¢n dentro de las diversas disciplinas del derecho en que se encuentra adecuado el tema y los consiguientes usos jurisdiccionales que pueden producirse, en el caso de litigios originados con motivo de la sanci¢n del proyecto en cuesti¢n.- c.- Informe T‚cnico del  rea pertinente, o en caso de no existir - t‚cnico en la materia, requerir el asesoramiento de alguno, en el caso de que el vo- lumen o costo del proyecto as¡ lo justifiquen.- d.- En el caso de tratarse de obras piblicas o privadas, que afecten el uso del suelo o plan regulador, informe especial de la Oficina pertinente; e.- Una vez habilitada la Oficina o Direcci¢n de Planeamiento, un - informe de la misma, con expreso juicio de valor sobre el proyecto y su importancia prioritaria en el corto y largo plazo.- f.- Informe o fundamentaci6n expl¡cita de la Secretar¡a que produzca el proyecto, antes de su env¡o al Departamento Ejecutivo.- g.- Normas legales vigentes que puedan ser modificadas o reemplaza- das por el proyecto y env¡o de copia de la misma al Cuerpo.- h.- Todo tipo de informaci¢n complementaria que sea de utilidad.------- ARTICULO 3.- C£mplase, comun¡quese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.--------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesi¢n Ordinaria, a los once d¡as del mes de mayo de mil novecientos ochenta y ocho. FIRMADO: Carlota A. Alvarez de Rodr¡guez - PRESIDENTA - J uan Jos‚ Troya - SECRETARIO.----------------